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Subsidio Lactancia Resolución Ministerial No 738 de 27 de Junio de 2012


RESOLUCIÓN MINISTERIAL No 738 de 27 de Junio de 2012
Ministerio de Salud y Deportes

VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, el Régimen de Asignaciones Familiares constituye uno de los pilares de la Seguridad Social en nuestro país; régimen destinado a beneficiar y proteger a todas las mujeres que tiene una relación directa o indirecta empleado-empleador;
Que, mediante Decreto Supremo N° 1213 de fecha 01 de mayo de 2012, se establece el incremento del Salario Mínimo Nacional a Bs.1.000 (Un Mil oo/100 Bolivianos), con carácter retroactivo al mes de enero del presente año; constituyendo a su vez un referente para el reajuste de las Asignaciones Familiares;
Que, el Salario Mínimo Nacional de la gestión 2012 (Bs.1000) en relación a la gestión 2011 (Bs.815.40), genera una diferencia de Bs.l84.60.- (Ciento Ochenta y Cuatro 60/100 Bolivianos); debiendo ser ajustada esta diferencia al paquete del subsidio prenatal y lactancia, de manera retroactiva al mes de enero de 2012.

Que, mediante Resolución Ministerial N° 0540 de 18 de mayo de 2012, el Ministerio de Salud y Deportes ha aprobado el nuevo Paquete de Asignaciones Familiares, adecuándolo en su monto al nuevo Salario Mínimo Nacional, disponiendo su vigencia a partir del Io de junio de 2012;
Que, mediante Nota CITE: COB N° 209/12 de fecha 30 de mayo de 2012 el Comité Ejecutivo de la Central Obrera Boliviana solicita al Sr. Ministro de Salud y Deportes la conformación de una comisión específica de los trabajadores aportantes a la Seguridad Social, para trabajar en la revisión de los componentes del nuevo paquete de asignaciones familiares y sea acorde a los requerimientos de los beneficiarios;
Que, con Resolución Ministerial N° 0583 de 31 de mayo de 2012, se dispone diferir la entrada en vigencia de la Resolución Ministerial N° 0540 de 18 de mayo de 2012;
Que, se ha conformado una Comisión Interinstitucional para la revisión del paquete de Asignaciones Familiares para la reformulación de sus componentes, tomando en cuenta fundamentalmente las necesidades nutricionales de los directos beneficiarios.
EL SR. MINISTRO DE SALUD Y DEPORTES, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Decreto Supremo N° 29894 de 07 de febrero de 2010, Estructura Organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional;
ARTÍCULO UNICO.- Abrogar la Resolución Ministerial N° 0540 de 18 de mayo de 2012, de aprobación del nuevo paquete de Asignaciones Familiares y sus anexos, y la Resolución Ministerial N° 0583 de 31 de mayo de 2012.

Nota del editor: La R.M. 583 solo difería la entrada en vigencia de la R.M. 540

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